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educacion_competencias_Cotino¡Muy descargado!
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15.02.2015
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Sitio web: http://www.fundacionmgimenezabad.es/index.php?option=com_content&view=article&id=1035:autonomia-y-evolucion-del-modelo-de-educacion-de-espana&catid=89&Itemid=100448
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15.02.2015
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La selección y personalización de noticiasCotino2013¡Muy descargado!
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15.02.2015
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10.02.2017
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iniciativaciudadanaUOC2011¡Muy descargado!
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11.07.2011
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-Capítulo de libro: “La Iniciativa Ciudadana Europea electrónica”, en CERRILLO-I-MARTÍNEZ, A., PEGUERA, M., PEÑA-LÓPEZ, I. & VILASAU SOLANA, M. (coords.), Neutralidad de la red y otros retos para el futuro de Internet. 2011. Barcelona: UOC-Huygens, 2011, págs.. 461-477. VII Congreso Internacional Internet, Derecho y Política (IDP 2011): Neutralidad de la Red y otros retos para el futuro de Internet Resumen: El muy novedoso Reglamento (UE) nº 211/2011, sobre la iniciativa ciudadana europea (ICE) proyecta esta institución por primera vez al ámbito supranacional y también es revolucionaria por estar pensada esencialmente para internet. Se analiza especialmente el sistema de recogida de apoyos ciudadanos a través de páginas web, que serán posibles gracias al software de código abierto que pondrá a disposición la Comisión. El autor señala que los apoyos ciudadanos por vía electrónica podrán ser por sistemas más sencillos de firma elecrónica, asímismo se indica que podría haberse apostado por apoyos electrónicos de forma anónima o seudónima. Se adelanta la futura práctica de que se busque acreditar las plataformas de recogida de firmas en los Estados miembros que menos exigencias impongan. Una inercia similar también a la hora de elegir el territorio de almacenamiento de los apoyos electrónicos, pues se buscará el Estado más flexible en materia de protección de datos. También se examina quién y cómo habrá de verificar y acreditar los apoyos recibidos por una concreta ICE. La protección de datos ocupa la segunda parte del estudio, es objeto fundamental del Reglamento. Se consideran desproporcionados los datos que tienen que dar los ciudadanos para apoyar una ICE. Se estudia tanto la finalidad posible de los datos así como la determinación de responsables del tratamiento de datos a los organizadores y a las autoridades, así como el alcance de su responsabilidad. También se fija el régimen de protección de datos aplicable y las medidas de seguridad y destrucción de ficheros aplicables. 1. Aproximación a una normativa muy innovadora 1. 1. Origen e interés de una normativa innovadora mundialmente 1. 2. Elementos básicos de la regulación y fases de la Iniciativa Ciudadana Europea 2. Sistemas de recogida de apoyos vía web y su acreditación por los Estados 2. 1. El desarrollo de plataformas a partir de normas y programas de código abierto de la Comisión 2. 2. Requisitos de los apoyos y de la plataforma de recogida 2. 3. El tipo de firma electrónica requerida, el posible uso de sistemas poco robusto y el anonimato o el seudónimo electrónico 2. 4. La acreditación por autoridad competente de un Estado de los ciudadanos que aun sistema de recogida de apoyos y el obligatorio reconocimiento por los demás Estados 3. La presentación y verificación de las concretas firmas y apoyos recibidos por una ICE 4. El régimen de protección de datos de los apoyos ciudadanos 4. 1. Los desproporcionados datos que los ciudadanos deben facilitar para apoyar una iniciativa 4. 2. La finalidad exclusiva de los datos de los ciudadanos 4. 3. La fijación de los responsables del tratamiento y el alcance de su responsabilidad 4. 4. El régimen de protección de datos aplicable 4. 5. Las exigencias de seguridad y destrucción de ficheros según el Reglamento ICE y el alto nivel de seguridad exigido por tratarse de datos ideológicos
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19.01.2011
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Voz “Fuerzas Armadas y derechos humanos” en AA. VV., Diccionario iberoamericano de derechos humanos y fundamentales, (Guillermo Escobar, ed.), Federación Iberoamericana de Ombudsmen, 2011 de próxima publicación en www.portalfio.org
Lorenzo Cotino Hueso, Profesor titular de Derecho constitucional de la Universidad de Valencia. Red Derechotics www.cotino.es CONTENIDOS I. Derechos humanos, misiones y valores de las FAS y servicio militar 1. Las Fuerzas Armadas son garantía última de la Constitución y, por ende, de los derechos humanos. 2. Los derechos humanos condicionan los valores castrenses y la formación del militar. 3. Servicio militar obligatorio y derechos humanos. II. Control de las Fuerzas Armadas por los jueces, por la jurisdicción militar y por otros estamentos 1. Control jurisdiccional de lo militar y la defensa. 2. Jurisdicción militar. 3. Control parlamentario y otros órganos de control no judiciales y sociedad civil. III. Restricciones de los derechos humanos en razón de la defensa y derechos humanos de los y las militares. 1. Requisitos de las restricciones generales de derechos humanos para el ámbito de lo militar y la Defensa. 2. Supremacía civil, neutralidad de las FAS e innecesarias restricciones de los derechos humanos de los militares. 3. Acceso a las FAS, igualdad y derecho de acceso a funciones públicas. Referencias generales Bibliografía
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15.02.2015
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03.06.2008
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Lorenzo Cotino Hueso (autor) “Acceso a la información pública en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos”, en SANCHEZ DE DIEGO, Manuel (coord.) El derecho de acceso a la información pública. El papel del Derecho de la inofrmación en la Sociedad del Conocimiento, Actas del Seminario internacional complutense, Universidad Complutense, 2008, págs. 68-96. A modo de introducción. Una Ley que no ha regulado el acceso electrónico a la información pública frontal y globalmente La administración electrónica es en muy buena medida información electrónica Pero esta Ley ha renunciado a regular frontalmente el acceso a la información pública Acceso a la información a través del derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración (artículo 6. 1º) El derecho a relacionarse electrónicamente con la Administración para el ejercicio de los derechos previstos en el artículo 35 de la LRJAP El artículo 35 e) LRJAP del derecho de acceso a registros y archivos, en buena medida está reconocido por el artículo 6. 2º e) LAE. El derecho del artículo 35 b) LRJAP a identificar a autoridades y personal El derecho del artículo 35 g) LRJAP a obtener información y orientación sobre requisitos a proyectos, actuaciones o solicitudes, sólo está parcialmente reconocido de forma expresa en el artículo 6. 3º LAE El derecho a relacionarse para “obtener informaciones” y “realizar consultas” por medios electrónicos El derecho a obtener informaciones y la exigencia de identificación El derecho a realizar consultas y el derecho al efectivo contacto electrónico Acceso a la información pública reconocido a través de algunos de los derechos reconocidos en el apartado 2º del artículo 6 LAE El derecho a conocer electrónicamente el estado de los procedimientos, electrónicos o no El derecho obtener copias electrónicas de los procedimientos, dígase, a acceder al expediente Dos premisas para el acceso a la información: la conservación de los documentos y la seguridad de la información La conservación en formato electrónico por las Administraciones públicas de los documentos electrónicos que formen parte de un expediente. El derecho a la garantía de la seguridad y confidencialidad de los datos El acceso a la información sobre establecimiento de actividades de servicios del artículo 6. 3º LAE Mención particular sobre la lengua y el lenguaje de la información a la que se accede Al respecto del lenguaje sexista La lengua de la información pública a la que se accede y la Disposición adicional sexta
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cotinoderechosley11_2007¡Muy descargado!
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03.06.2008
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Lorenzo Cotino Hueso (autor) Derechos del ciudadano”, GAMERO CASADO, Eduardo y VALERO TORRIJOS, Julián (Coords.), La Ley de Administración electrónica. Comentario sistemático a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, Aranzadi, Cizur Menor, 2008, págs. 117-234. DERECHOS DEL CIUDADANO 1.1.- La administración electrónica ha venido para quedarse 1.2.- Las potencialidades de la administración electrónica para el ciudadano 1.3.- LOS Ciudadanos como centro teórico de la administración electrónica 1.3.1-. Tendencia jurídica general de reconocimiento de posiciones jurídicas al ciudadano 1.3.2.- El administrado como cliente en la Nueva Gestión Pública y su traducción jurídica 1.3.3.- El derecho a la buena Administración y la buena administración electrónica 1.3.4.- Simplificación administrativa, exigencia para la administración electrónica y fuente del reconocimiento de derechos a los administrados 1.4.- Las razones para el reconocimiento de un Estatuto para el administrado electrónicamente 1.4.1.- El simbolismo y el mensaje político y jurídico de la codificación de derechos de la LAE 1.4.2.- No existía un derecho a la administración electrónica 1.4.3.- La inalterabilidad de derechos en la administración electrónica no era suficiente para garantizarlos efectivamente. Diversas razones jurídicas para reconocer derechos en la administración electrónica 2.4.1. La vía de la responsabilidad patrimonial 2.4.2. La reclamación ante la inactividad de la Administración 3.1.- Reconocimiento y evolución 3.2.- Formulación, estructura y alcance general del derecho, reserva de ley para su limitación 3.3.- El carácter voluntario de la interactuación electrónica y las posibilidades de variar de medio de relación 3.3.1.- El mantenimiento del consentimiento como criterio general para la relación electrónica 3.3.2.- Derecho a la revocación del consentimiento de interactuar electrónicamente. La intermodalidad 3.4.- Algunos aspectos concretos del alcance de este derecho 3.4.1- El artículo 6 LAE justifica que no se obligue a utilizar los formularios previstos para la interactuación electrónica 3.4.2- Garantías de la interactuación frente a los errores y problemas en la comunicación electrónica 4.1.- El artículo 8 como concreción normativa de la igualdad material 4.1.1.- Texto y evolución 4.1.2.- El derecho de todos de acceder, en todo caso, a los canales o medios de relación con las Administraciones públicas 4.1.3- Las obligaciones concretas de establecimiento de canales y medios para la AGE 4.2.- La garantía de medios para la relación electrónica con la administración 4.2.1.- Información obligatoria sobre los medios de la relación electrónica, “título” de exigibilidad de los derechos 4.2.2. Condiciones de validez de la relación electrónica y derecho de acceso 4.2.3. Determinación de los medios a través de los cuales relacionarse electrónicamente, en especial, los registros electrónicos 5.1.- El variado alcance normativo de la remisión al artículo 35 LRJAP 5.2.- Algunos derechos del artículo 35 lrjap se reconocen en otras partes de la lae 5.2.1.- El derecho a la copia sellada y a acuses de recibo acreditativos de la interactuación 5.2.2.- El ejercicio electrónico del derecho a formular alegaciones y el importante derecho a aportar documentos adicionales 5.2.3.- Uso de lenguas oficiales en la administración electrónica y la Disposición adicional sexta 5.3.- uNA asignatura pendiente: EL INSUFICIENTE reenvío al artículo 35 LRJAP Y LA NECESIDAD DE REGULAR El acceso ciudadano a la información, 5.3.1.- El artículo 35 e) LRJAP del derecho de acceso a registros y archivos, en buena medida está reconocido por el artículo 6. 2º e) LAE. 5.3.2.- El derecho del artículo 35 b) LRJAP a identificar a autoridades y personal 5.3.3.- El derecho del artículo 35 g) LRJAP a obtener información y orientación sobre requisitos a proyectos, actuaciones o solicitudes, sólo está parcialmente reconocido de forma expresa en el artículo 6. 3º LAE 6.- LAS OTRAS FINALIDADES PARA LAS QUE SE RECONOCE EL DERECHO A LA RELACIÓN ELECTRÓNICA CON LA ADMINISTRACIÓN 6.1.- El derecho a obtener informaciones y realizar consultas por medios electrónicos y su alcance jurídico 6.1.1. El derecho a obtener informaciones y la exigencia de identificación 6.2.1. El derecho a realizar consultas y el derecho al efectivo contacto electrónico 6.2.- El derecho a relacionarse electrónicamente para formular solicitudes y entablar pretensiones. Especial atención a las quejas, sugerencias y peticiones electrónicas y su posible formulación anónima 6.3.- El derecho a relacionarse electrónicamente para efectuar pagos 6.5.- Derecho a oponerse a las resoluciones y actos administrativos por medios electrónicos 7.- LOS DERECHOS RECONOCIDOS EN EL APARTADO 2º, EL ESTATUTO JURÍDICO DEL ADMINISTRADO ELECTRÓNICAMENTE 7.1.- Consideraciones generales sobre los derechos reconocidos en el apartado segundo 7.2.- El derecho a elegir entre los canales electrónicos que se encuentren disponibles para cada concreta relación 7.3.- El derecho a no aportar datos y documentos en poder de las Administraciones. Un cambio de modelo de Administración sometido a la voluntad del individuo 7.3.1.- Precedentes y la regulación de este derecho previa a la LAE 7.3.2.- La recepción de este derecho a lo largo de la LAE y el modelo de administración electrónica que implica 7.3.3.- El alcance general del derecho y el límite para cuando la información de otras administraciones no esté en soporte electrónico 7.3.4.- El carácter de derecho voluntariamente ejercible 7.4.- El derecho a la igualdad en el acceso electrónico a los servicios de las administraciones públicas 7.5.- El derecho a conocer electrónicamente el estado de los procedimientos, electrónicos o no 7.6.- El derecho obtener copias electrónicas de los procedimientos, dígase, a acceder al expediente 7.7.- El derecho a la conservación en formato electrónico por las administraciones públicas de los documentos electrónicos que formen parte de un expediente. 7.8.- Los derechos a obtener y a usar medios de identificación electrónica y, en todo caso el e-DNI 7.9.- El derecho a la garantía de la seguridad y confidencialidad de los datos 7.10.- El derecho a la calidad de los servicios públicos electrónicos 7.11.- El polémico derecho a elegir las aplicaciones o sistemas para la relación electrónica con la administración 8.- EL DERECHO A OBTENER INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOBRE ESTABLECIMIENTO DE ACTIVIDADES DE SERVICIOS DEL ARTÍCULO 6. 3º LAE 9.- ARTÍCULO 7 LAE: EL DEFENSOR DEL USUARIO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y SUS POSIBILIDADES DE FUTURO
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Derechos y libertades en la enseñanza¡Muy descargado!
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12.05.2006
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“Derechos y libertades en la enseñanza y objeto constitucional de la educación: algunas propuestas de análisis”, en AA.VV, (Derechos, deberes y responsabilidades en la enseñanza. (Análisis jurídico-práctico a la luz de las exigencias constitucionales), (coord. por Lorenzo Cotino Hueso), Generalitat Valenciana, Valencia, 2000, págs. 99-155 (57 págs.).
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